Y después, ¿qué?

Cuando salgan a la calle los nueve políticos sentenciados por el Poder Judicial, uno de los tres Poderes de nuestro sistema democrático, cuando sean indultados por decisión de Pedro El Magnánimo, Pedro dondedijedigodigodiego, Pedro amíquémeconviene, la sensación de derrota que sentiremos muchos (creo yo que millones) de españoles será incluso superior a la que nos ha producido el asunto de Ceuta. Pero eso no es lo peor de este asunto, cuando sean indultados los nueve delincuentes políticos, la sensación de Victoria para miles de catalanes será insuperable y el ansia del «podemos y queremos más» será desbordante y multiplicadora, no se van a conformar con la tontería del indulto, sobretodo ahora que han comprobado la debilidad del Estado español (tengan en cuenta que en este asunto está implicado el Poder Judicial, el Poder Ejecutivo (Pere el Magnànim) y el Jefe del Estado (quien tiene la última firma).

Pero Sánchez los tiene sometidos a todos. Fíjense que días antes de celebrar el Consejo de Ministros, el cual debía aprobar el indulto, Sánchez ya lo daba por hecho, por lo tanto: Consejo de Ministros inútil, Poder Judicial inútil y… no quiero decir más.

A ese tío hay que pararle los pies democráticamente y con la ley en la mano. Tiene que existir un mecanismo legal y democrático que impida que un simple Jefe del Ejecutivo, sin el apoyo de sus votantes (como se ha visto en Madrid), incluso sin el apoyo de sus subordinados (sus ministros y ministras), pueda hacer lo que se le ocurra, sin tener en cuenta la opinión de sus 23 consejeros, ni la del Poder Judicial, ni la del Poder legislativo, ni siquiera la del Jefe del Estado de quien ni siquiera duda sobre su postura puesto que Sánchez jamás ha dicho que lo que él pretende, está sometido a la aprobación del Jefe del Estado.

Si nos ponemos a indultar debo decir que el mayor indultador en la historia de España reciente es, ni más ni menos que el innombrable. El Decreto-ley 10/1969, de 31 de marzo, por el que se declaró la prescripción de todos los delitos cometidos con anterioridad al 1 de abril de 1939 fue una norma legal de España dictada por F. F. el 31 de marzo de 1969.

«La convivencia pacífica de los españoles durante los últimos treinta años ha consolidado la legitimidad de nuestro Movimiento, que ha sabido dar a nuestra generación seis lustros de paz, de desarrollo y de libertad jurídica como difícilmente se han alcanzado en otras épocas históricas.

Por ello, y con ocasión de cumplirse el primero de abril de mil novecientos sesenta y nueve treinta años desde la fecha final de la Guerra de Liberación, es oportuno hacer expreso reconocimiento de la prescripción de las posibles responsabilidades penales que pudieran derivarse de cualquier hecho que tenga relación con aquella Cruzada, quedando de esta forma jurídicamente inoperante cualquier consecuencia penal de lo que en su día fue una lucha entre hermanos, unidos hoy en la afirmación de una España común más representativa y, como nunca, más dispuesta a trabajar por los caminos de su grandeza futura…»

El artículo primero contiene la declaración fundamental del Decreto Ley, estableciendo: «Se declaran prescritos todos los delitos cometidos con anterioridad al uno de abril de mil novecientos treinta y nueve«.
Con ese indulto salieron a la calle los «Topos», aunque muchos ya habían salido y hacían vida normal entre la población, y los que habían permanecido escondidos en las casas, en realidad, o lo estaban puesto que tanto la gente de los pueblos como las autoridades y Guardia Civil tenía perfecto conocimiento de su existencia.
El indulto hizo que miles de autoexiliados volviesen a España (no se estaría tan mal aquí).

Este fue el gran indulto, pero en realidad F.F. indultó en 1945 a los militares que habían luchado en favor del Frente Popular ( ojo, no confundir «Frente Popular» con «República», nada más alejado de la realidad. Es lo que muchos izquierdistas pretenden). También se produjeron indultos en 1947, 1949, 1952, 1954, 1958, 1961, 1963, 1964, 1965 y 1966.

Además de esos indultos más generalizados, también se produjeron numerosos de tipo particular.

Nuestro estudiantes llevan años siendo engañados con muchos conceptos sobre el franquismo, pero este que voy a mencionar me resulta francamente malintencionado. Se dice por ahí la frase de «Firmaba sentencias de muerte tomando café». Esta frase es absolutamente falsa. Fue pronunciada por el triste historiador Paul Preston «firmaba sentencias de muerte tomando café antes de la siesta» y difundida con pasión por el periódico Levante-EMV, el cual necesita ya una renovación de plantilla extremista que trabaja casi exclusivamente para la siniestra ideología.

Tras la guerra muchos volvieron a sus casas, otros salieron al extranjero, otros fueron hechos prisioneros. En todas las poblaciones se hizo bando para quien quisiese presentar una denuncia contra alguien que hubiese cometido alguna ilegalidad: apropiación indebida, robo, asalto o asesinato. Algunas personas presentaron denuncias pero la mayoría prefirieron no prolongar la lucha, y olvidar, y perdonar. Así en muchos pueblos poco a poco los de ambos bandos aprendieron a convivir y a disfrutar de la paz.

Los prisioneros fueron juzgados por sus delitos. Si eran demostrados, sufrían condena. En muchísimos casos fueron condenas a Pena de Muerte, que luego fue conmutada a prisión de 25 años y posteriormente a prisión de 5 años.

En el año más duro para la justicia,1940, recién terminada la contienda y los sentimientos a flor de piel, por ejemplo en Alicante entre los meses de marzo, abril y mayo de 1940 se concedieron 73 conmutaciones de pena de muerte en el Reformatorio de Adultos, mientras que se ejecutaron 43 sentencias de muerte. Recordemos que entre el 7 de noviembre y el 4 de diciembre de 1936 fueron fusilados y escondidos en fosas comunes, miles (5400) de prisioneros de las cárceles de Madrid, sin ni siquiera ser juzgados. Habían sido encarcelados masivamente por ser fachas o beatos, muchos, antes de que empezara la Guerra Civil, tal vez ese fue el detonante.

Las penas de muerte eran decididas e impuestas por un tribunal, no por Franco. Tras el Tribunal, debía ser aceptada por el Capitán General de la Región militar y, finalmente, era comunicada al Jefe del Estado quien contestaba dándose por enterado de la sentencia del tribunal o conmutando la pena, en ese caso FIRMABA, para que NO fuese condenado a muerte.

Historiadores tan pésimos como Preston y personajillos con aspiraciones de intelectualidad han desvirtuado y siguen desvirtuando nuestra historia con sus falsedades, incluso gastando el dinero público buscando en fosas vacías.

José Enrique Catalá

Licenciado en Geografía e Historia por la Universidad de Valencia. Especialista en Hª Medieval. Profesor. Autor del libro: Glosario Universitario.

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