VOX reclama sesiones plenarias telemáticas
Presenta una Proposición de Ley para que la actividad parlamentaria no quede paralizada, o al menos limitada, por la falta de previsión del uso de medios tecnológicos.
- El GPVOX ha registrado una Proposición de Ley para la reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados de 10 de febrero de 1982, para su debate en pleno.
El 17 de marzo de 2020 el presidente del Gobierno compareció ante el Congreso para presentar el Real Decreto 462/2020 de 14 de marzo por el que se declara el estado de alarma debido a la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus. Sin restar importancia a la comparecencia del presidente, hay que cuestionar la idoneidad de la asistencia presencial de los diputados, los miembros de la Mesa y demás personal de la Cámara en una situación de emergencia sanitaria.
El cuestionamiento de la conveniencia de asistir e intervenir presencialmente también viene motivado porque actualmente existen medios y herramientas tecnológicas plenamente seguras y fiables que garantizarían la válida constitución de la sesión plenaria, así como la asistencia, intervención y votación de los diputados con todas las garantías.
El 21 de julio de 2011 el Pleno del Congreso aprobó una reforma del Reglamento para permitir la votación no presencial de los diputados en supuestos tasados y con la debida autorización de la Mesa de la Cámara.
Sin embargo, este supuesto se ha revelado insuficiente, por ello es necesario que, ante situaciones extraordinarias, el Reglamento del Congreso prevea la posibilidad de constituir una sesión plenaria telemáticamente, así como la asistencia, intervención y votación de los diputados.
La posibilidad de celebrar sesiones a distancia o telemáticamente es una opción que ya está contemplada en nuestro ordenamiento jurídico para todas las administraciones públicas. La ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público – aplicable a todas las administraciones públicas- prevé en el artículo 17.1 que “todos los órganos colegiados se podrán constituir, convocar, celebrar sus sesiones, adoptar acuerdos y remitir actas tanto de forma presencial como a distancia”. De modo que la actividad parlamentaria no puede ni debe quedar paralizada, o al menos limitada, por la falta de previsión del uso de medios tecnológicos; lo contrario sería poco justificable en pleno siglo XXI y en medio de la implementación del 5G.