VOX pregunta al gobierno: «¿A cuántos etarras ha otorgado beneficios?

¿A cuántos etarras ha acercado el Gobierno Sánchez desde que está en Moncloa? ¿A cuántos ha otorgado beneficios?

  • La secretaria general del GP VOX, Macarena Olona, pregunta al Ejecutivo por posibles acuerdos entre el PSOE de Sánchez y PNV y Bildu

¿Cuántos presos del entorno de ETA han sido trasladados a prisiones cercanas a Navarra o País Vasco desde junio de 2018? ¿A cuántos se les ha aplicado el principio de flexibilidad del Reglamento Penitenciario? Son las preguntas que la secretaria general del GP VOX, Macarena Olona, ha dirigido al Gobierno, al que insta a responder sobre posibles beneficios a miembros de la banda asesina ETA de forma paralela a la llegada del Ejecutivo Sánchez -socio de la izquierda abertzale- a las instituciones.

Horas después de la consumación del “pacto de la vergüenza” en Navarra, donde los socialistas gobiernan gracias a la abstención de Bildu -que se ha declarado “llave” en la Comunidad Foral-, la diputada de VOX Macarena Olona presentaba en el Registro del Congreso dos preguntas dirigidas al Gobierno Sánchez para que todos los españoles puedan conocer si el PSOE está negociando con PNV y Bildu desde junio de 2018.

Desde el pasado mes de junio de 2018 y hasta la actualidad, ¿cuántos presos condenados por delitos relacionados con la organización terrorista ETA han sido trasladados a Centros Penitenciarios cercanos al País Vasco y/o Navarra, o ubicados en dichas Comunidades Autónomas? ¿Cuál ha sido el motivo de dicho traslado?
Delito por el que el interno cumple condena.
Centro Penitenciario de origen.
Centro Penitenciario donde ha sido trasladado.
Mes y año en el que se ha hecho efectivo el traslado.
Motivo del traslado acordado.

Desde el pasado mes de junio de 2018 y hasta la actualidad, ¿a cuántos presos condenados por delitos relacionados con la organización terrorista ETA se les ha aplicado el principio de flexibilidad previsto en el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario? ¿En qué medidas concretas se ha traducido su aplicación? ¿Qué motivos han justificado la aplicación del citado precepto en cada caso? Desglose la información con arreglo al siguiente detalle:

– Delito por el que el interno cumple condena.
– Centro Penitenciario de cumplimiento al tiempo de la aplicación del principio de flexibilidad previsto en el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario.
– Mes y año en el que se ha acordado la aplicación del principio de flexibilidad previsto en el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario.
– Medidas concretas en que, en cada caso, se ha traducido la aplicación del principio de flexibilidad previsto en el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario.
– Motivos concretos que, en cada caso, han justificado la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario.

El Gobierno dispone ahora, según el artículo 190 del Reglamento del Congreso, de un plazo de 20 días para responder, pudiendo prorrogarse este plazo a petición del Ejecutivo por otros 20 días más.

El artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario
Artículo 100 – Clasificación penitenciaria y principio de flexibilidad
1. (…) tras el ingreso los penados deberán ser clasificados en grados. Los grados serán nominados correlativamente, de manera que el primero se corresponda con un régimen en el que las medidas de control y seguridad serán más estrictas, el segundo con el régimen ordinario y el tercero con el régimen abierto.
2. No obstante, con el fin de hacer el sistema más flexible, el Equipo Técnico podrá proponer a la Junta de Tratamiento que, respecto de cada penado, se adopte un modelo de ejecución en el que puedan combinarse aspectos característicos de cada uno de los mencionados grados, siempre y cuando dicha medida se fundamente en un programa específico de tratamiento que de otra forma no pueda ser ejecutado. Esta medida excepcional necesitará de la ulterior aprobación del Juez de Vigilancia correspondiente, sin perjuicio de su inmediata ejecutividad.

Redacción

Digital independiente de derechas

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