Proceso y ejecución de Luís Companys Jover

La verdad de ayer frente a las mentiras de hoy

El día en que el infame gobierno de Pedro Sánchez decide anular el juicio a Companys, traemos a este espacio un excelente artículo, que narra la vida, hechos, y final de quien fuera presidente de la Generalidad catalana.

 

 

Mucho se ha dicho y mucho se ha mentido sobre este personaje, tanto sobre su vida, como sobre su muerte. Desde hace años los separatistas catalanes lo han querido convertir…

Mucho se ha dicho y mucho se ha mentido sobre este personaje, tanto sobre su vida, como sobre su muerte. Desde hace años los  separatistas catalanes lo han querido convertir en icono de referencia de sus intenciones secesionistas, mientras que la izquierda en icono, también, sólo que de la represión “fascista”; ambas intenciones se basan sólo en la más absoluta falsedad, tergiversan los datos históricos bien conocidos –cuando no se los esconde– pretendiendo, como en todo, reescribir la Historia para poder tener una base sobre la que sustentar el actual desastre en que han sumido a España desde que de una u otra forma des-gobiernan unos y otros; eso sí, con la connivencia cobarde de la “derecha democrática”, o sea, pepera.

De lo que no se dan cuenta separatistas y marxistas  –socialistas y comunistas–  es de que enalteciendo a personaje tan poco edificante como Luís Companys, se retratan, se les ven las intenciones y se desacreditan ante la Historia que, tarde o temprano, los juzgará a todos. Los que hoy homenajean y ponen todos los años flores en el lugar donde fue fusilado Companys son los nostálgicos de la revolución, de la anarquía, del totalitarismo, de las “checas”, de los “paseos”, de la vulneración constante y sistemática de las leyes vigentes, de los enemigos de Dios y de España, del orden y de la decencia, pues todo eso fue lo que Companys hizo, amparó e impulsó a lo largo de su vida pública desde sus años más jóvenes hasta cuando ostentó las máximas responsabilidades institucionales catalanas. Homenajear a Companys, pretender anular su sentencia, exigir que España pida perdón, descalifica a quienes lo hacen o intentan; y si no al tiempo… aunque tenga que pasar mucho.

A continuación, para poner las cosas en su sitio, aportamos los datos más relevantes y esclarecedores de la vida de Companys sobre la base de los hechos probados y de sus respectivos contextos.

 

Quién fue Luís Companys Jover

Nació en 1882 en Tarròs (Lérida) en el seno de una familia acomodada de propietarios rurales. Fue el segundo de diez hermanos. A los 8 años sus padres le enviaron a estudiar interno a Barcelona. En 1898 ingresó en la Universidad de Derecho de la ciudad condal. Allí empezó a desarrollar su activismo político republicano, en realidad su labor como profesional de la revolución, participando en la fundación de la Asociación Escolar Republicana en 1900. En 1903, ya licenciado en Derecho, se enroló en la Unión Republicana, partido político fundado ese mismo año con el objetivo de unificar las fuerzas republicanas de España.

Nicolás Salmerón
Alejandro Lerroux

Sus dos principales líderes fueron Nicolás Salmerón, que fue uno de los cuatro breves presidentes –de Julio a Septiembre de 1873– de la brevísima y anárquica I República –Febrero de 1873 a Diciembre de 1874–; y Alejandro Lerroux, fundador y líder del Partido Republicano Radical quien sería el presidente de varios gobiernos de la II República entre 1933 y 1935.

En 1910 la Unión Republicana se integraría en la Unión Federal Nacionalista Republicana (UFNR), llegando Companys a ser presidente de la sección juvenil de este partido. Como consecuencia de su violento activismo político fue detenido en quince ocasiones, siendo calificado en los informes policiales como “individuo peligroso”.

El 17 de octubre de 1910 se casó con su primera mujer, Mercedes Micó, con la que tuvo dos hijos, Luís, deficiente mental, y María Alba. Durante estos años sus actividades periodísticas suponían la mayor parte de sus ingresos, llegando a ser redactor jefe del diario La Publicidad; fundó también los semanarios La Aurora y La Barricada, del que también fue redactor jefe en 1912; ambos marcadamente radicales.

En 1915 fundó el Bloque Republicano Autonomista (BRA) y en Septiembre de 1916 el periódico La Lucha, órgano de expresión de este partido, cuyo nombre lo dice todo, llegando a ser su redactor jefe.

Ese mismo año de 1916 Companys se inscribía en el Colegio de Abogados de Barcelona y empezaba a trabajar como pasante y abogado laboralista principalmente defendiendo a los activistas políticos más radicales.

En Abril de 1917 el BRA se fusionó con una larga pléyade de partidos republicanos minoritarios formando el Partido Republicano Catalán. La primera entrada de Companys en las Cortes Generales se produjo en 1921, cuando salió elegido diputado por Sabadell. La dictadura de Miguel Primo de Rivera, iniciada en Septiembre de 1923, puso fin a su labor como diputado nacional.

Francisco Maciá

El día de la proclamación de la II República, el 14 de abril de 1931, el entonces líder de ERC, Francisco Maciá, proclamaba la “República Federada Catalana dentro de la República española”.

En aquella ocasión fue Companys quien izó la bandera tricolor en el Palacio de la Generalitad de Barcelona; si bien tal proclamación no llegaría más allá de unas negociaciones con el Gobierno de España al cual se le arrancaba un año más tarde, en 1932, la aprobación del primer Estatuto de Autonomía catalán que le dotaba de gobierno y parlamento propios, así como de diversas competencias administrativas.

 

Francisco Maciá moría el día de Navidad de 1933 y el 31 de Diciembre Companys le sustituía al ser elegido presidente de la Generalitat.

En Octubre de 1934 se formaba un nuevo Gobierno en España dando entrada a tres ministros de la CEDA (Confederación Española de Derechas Autónomas), el partido que había ganado las elecciones en noviembre de 1933 pero que hasta entonces no tenía, por las presiones políticas de las izquierdas y de los separatistas, ningún miembro en el Gobierno, presidido entonces por Alejandro Lerroux.

La entrada de estos tres ministros en el Gobierno fue tomada como excusa por los partidos marxistas y por los separatistas para poner en marcha la revolución que venían preparando desde hacía meses con vistas a recuperar el poder como fuera; algo que está más que documentado y de lo que sus líderes no se recataban en ocultar.

Esta ola revolucionaria –conocida como la Revolución de Octubre de 1934– alcanzaría especial virulencia en Asturias, dejando en total unos 1.000 muertos.

Companys proclamando el “Estat Catalá” el 6 de Octubre de 1934

En lo que respecta a Cataluña, el 6 de octubre, aprovechando el estallido revolucionario al cual no era ajena la Generalidad, como tampoco Companys, éste proclamaba el “Estat Català dentro de la República Federal Española”, leyendo un documento que en realidad le había supervisado el propio Manuel Azaña, entonces ubicado en el hotel Colón de la ciudad condal a la espera del triunfo de la revolución.

 

Gral. Domingo Batet

El General Domingo Batet, Capitán General de Cataluña, lograría en unas pocas horas neutralizar el intento separatista, de forma que para el día siguiente, 7 de Octubre, quedaba sofocado, dejando, eso sí, un trágico balance de 46 muertos y 362 heridos en el conjunto de la región catalana.

Las consecuencias de la insurrección fue la detención de todo el gobierno de Companys, la clausura del parlamento autonómico, la suspensión del Estatuto de Autonomía y la inhabilitación de muchos alcaldes.

En el juicio seguido en el Tribunal de Garantías Constitucionales (idéntico al actual Tribunal Constitucional), el 6 de Junio de 1935, se condenó a Companys y a los miembros de su gabinete por cargos de rebelión a 30 años de prisión, además de inhabilitación absoluta.

No obstante la gravedad de lo ocurrido, Companys fue liberado con la llegada al poder del Frente Popular tras las elecciones generales de Febrero de 1936; las cuales como está también más que documentado fueron completamente manipuladas por dicha coalición de partidos revolucionarios-separatistas; todo un verdadero “pucherazo”.

Hasta aquí una breve sinopsis de las actuaciones prácticamente siempre ilegales, revolucionarias, ilegítimas y vulneradoras del orden constitucional y republicano vigente por parte de Companys; pocas veces en su vida había respetado la ley.

Lucha en las calles de Barcelona el 19 de Julio de 1936

Así pues, cuando llega el Alzamiento Nacional del 18 de Julio de 1936, Companys se encuentra al frente de la Generalidad catalana únicamente por mor de la llegada fraudulenta al poder del Frente Popular que lo amnistía y coloca en tan importante posición institucional, siendo por ello desde ese instante máxima autoridad y principal y último responsable de todo lo que iba a ocurrir en Cataluña durante la contienda.

 

Cardenal Vidal Barraquer

Si bien en los primeros meses, en un ejercicio mayúsculo de cinismo, conocedor de lo que ocurría, condenó “…los actos de terrorismo…” y “…los actos que se cometen al margen de la Justicia…”  –facilitó la huida a Roma del cardenal Vidal Barraquer como pago por su declarado separatismo, no así el de la multitud de sacerdotes y religiosos que eran diariamente asesinados–, nunca hizo nada para evitarlos.

Collares eléctricos de tortura de las “checas” de Barcelona

Todo lo contrario. Permitió, ya en los primeros momentos, el reparto de armas a los militantes de los partidos de izquierda, revolucionarios y separatistas, dando así al traste con el posible triunfo del alzamiento en Cataluña; permitió la existencia de “tribunales populares” formados por militantes de dichas organizaciones revolucionarias carentes por completo de cualquier viso de legalidad, legitimidad y garantías procesales; así mismo, permitió la existencia y funcionamiento de las temibles checas, centros de detención ilegales al servicio de tales partidos políticos, cuando no de pistoleros y delincuentes, donde se torturó y asesinó a mansalva. De todo lo anterior no sólo quedaron testigos, sino que incluso pudo llegarse a documentar fotográficamente las celdas y elementos de tortura empleados; así mismo, ordenó personalmente la creación de campos de concentración, como el de Omells de Na Gaia, entre otros, firmando de su puño y letra sentencias de muerte. 

Beata Apollonia Lizárraga

Como botón de muestra, entre muchos, de la forma como se trataba a los detenidos en tales “checas” baste lo que documenta Antonio Montero en su Historia de la persecución religiosa en España, 1936-1939, en relación a lo ocurrido con la hoy ya declarada beata Apolina Lizárraga: “Actualmente se han encontrado testigos que nos refieren que estando ellos presos en la cárcel de San Elías en el año 1936, era de dominio público que el jefe de la checa, un tal «Jorobado», cebaba en total unos trescientos cerdos con carne humana. Que muchos presos eran echados a dichas piaras y que la General de las Carmelitas de la Caridad, Madre Apolonia Lizárraga, fue una de dichas víctimas que aserraron, descuartizaron (en cuatro partes) y luego en trozos más pequeños fue devorada por dichos animales que en la citada checa engordaban en número de 42” (p. 161).

 

Silla eléctrica de tortura en una “checa” de Barcelona.

En resumen, estando perfectamente documentados todos los casos, conociéndose sus nombres y circunstancias, durante la contienda en Cataluña, y bajo la absoluta responsabilidad de Luís Companys Jover, fueron asesinadas 8.129 personas sin juicio ni garantías legales.

En su mayor parte eran civiles pertenecientes a partidos de derechas, miembros del clero o empresarios. Las víctimas de la actuación de Companys fueron: 2.441 religiosos,1.199 carlistas, 281 miembros de la Liga Regionalista: 281, 213 de la CEDA, 108 falangistas, 70 militantes de Renovación Española, 117 de Acción Ciudadana, 110 del Sindicato Libre, 117 de Acción Ciudadana, 18 de la Federación de Jóvenes Cristianos y 34 sin identificación política.

También fue su responsabilidad la de los habidos durante los durísimos enfrentamientos y represalias mutuas entre comunistas y anarquistas, y entre los propios comunistas, es decir, durante la eliminación por parte del PCE del POUM (Partido Obrero de Unificación Marxista) de Andrés Nin, facilitando la detención por los rusos de éste, y con ello su posterior tortura y desaparición.

El 5 de Febrero de 1939, cuando las tropas nacionales procedían ya a avanzar en el interior de Cataluña, liberando ciudades y pueblos, Companys y su Gobierno huyeron a Francia instalándose en París; Companys lo hizo junto con su segunda mujer, Carmen Ballester –se había divorciado de la primera hacía años–, su hijo, al que ingresó en una institución mental, y su hija, la cual en unos meses marcharía a Méjico con su marido.

Pocos días antes de que los alemanes ocuparan París, el 14 de Junio de 1940, Companys fue obligado por las autoridades francesas a abandonar la capital gala debido a su radicalismo y activismo político como agitador de las masas de refugiados españoles allí instalados, estableciéndose  en la localidad bretona de La Baule-les-Pins (Loire-Atlantique); desde allí, no obstante, se desplazaba frecuentemente a París, tanto para estar al corriente de los asuntos gestionados en la oficina parisina abierta por la colonia catalana, como para visitar a su hijo Luís.

La entrega, el consejo de guerra y la ejecución de Companys

Ocupada la mitad de Francia por los alemanes, comienzan las presiones de Hitler sobre Franco para obligarle a entrar en la guerra mundial, y comienzan las dilaciones del Caudillo para evitar tener que acceder a tales pretensiones; un largo, tenso y difícil tira y afloja que finalmente ganaría el Generalísimo.

Es en este escenario donde hay que contextualizar la entrega de Companys a España por los alemanes. Para ello conviene ambientar el momento.

Almirante Canaris
Plan de la “Operación Félix”

Franco había conseguido llegar a Julio de 1940 evitando no sólo entrar en la guerra, sino también mantener a raya a los alemanes, granjearse el respeto de los ingleses y sujetar con firmeza a los falangistas germanófilos que, aunque minoritarios, no por ello dejaban de tener gran fuerza. Pero la situación era tan explosiva que no podía durar mucho.

El 20 de Julio, el Almirante Canaris volvía a España para tratar lo relativo a la “Operación Félix” –la ocupación Gibraltar, previo paso de sus tropas por España–, cuyo diseño estaba concluido y que Hitler había decidido llevar a cabo, por lo que se disponía a volcarse en sus presiones sobre Franco para que de una vez por todas se implicara a su favor en la guerra debiendo para ello colaborar en la realización de dicha operación.

Comenzaba así el que sería sin duda uno de los periodos más intenso, peligrosos y difíciles de los varios que vivirá España durante la II Guerra Mundial. Durante los siguientes cinco meses, hasta Diciembre de 1940, Hitler ejercerá sobre Franco todo tipo de presiones con inusitada fuerza buscando obligarle, por las buenas o por las malas, a entrar en la guerra. Serán meses terribles, al tiempo que apasionantes, en los que Franco debió hacer gala de sus máximas habilidades en pos siempre de su objetivo invariable: que España quedara al margen de la contienda mundial. Las presiones llegarán hasta tal extremo que en un momento dado Franco considerará, y así lo confesará a sus ministros, que “…sólo queda rezar…”.

von Ribbentrop

El 2 de Agosto, von Ribbentrop, ministro de Asuntos Exteriores alemán, comunicaba a von Stohrer, embajador en Madrid, las intenciones de Hitler “Para su información personal y estrictamente confidencial: lo que queremos conseguir ahora es la pronta entrada de España en la guerra…”, paso imprescindible para poder asegurar el éxito de la “Operación Félix”.

Hasta el 8 de Agosto no pudo Stohrer trasladar su mensaje a Franco, pues éste no quiso recibirle antes, ya que por Canaris conocía lo que le iba a plantear. Enterado oficialmente en tal fecha de los deseos de Hitler, Franco le respondió con la acostumbrada cantinela: para entrar en la guerra España precisaba obtener garantías previas sobre los territorios del protectorado francés en Marruecos, el oranesado, Sáhara, Guinea Ecuatorial y, desde luego, Gibraltar; también una larga lista de armas, municiones –recordó a su interlocutor la mala situación en este campo de sus tropas, lo que ya conocían los alemanes–, trigo, petróleo, material ferroviario, etc., etc.

Pero además, planteaba una nueva exigencia, conocedor como sabemos de que la batalla de Inglaterra no iba bien para los alemanes, a fin de evitar una “…intervención prematura…o… una guerra larga que el país no podría soportar…”, Franco quería que primero Alemania desembarcara en Inglaterra y dominara la isla, pues sólo entonces España estaría en condiciones de sumarse a los alemanes en su esfuerzo bélico. Como puede verse, Franco aumentaba sus exigencias; no se negaba, pero ponía tales condiciones que, al no ser aceptables para Berlín, más parecía que era Hitler quien impedía que España se les sumara. No se daba una negativa directa y expresa, que por otro lado hubiera sido contraproducente, sino que se intentaba forzar a Alemania a renunciara a sus propósitos.

El 15 de Agosto, Franco escribía a Mussolini manifestándole que “…estaba decidido a entrar en la guerra… cuando se presente la ocasión favorable…”, nueva vaguedad a la que el Duce contestó pretendiendo tentar a Franco al advertirle que caso de esperar más de la cuenta no podría estar a la hora del reparto del botín.

Es en este contexto complicado y dificilísimo cuando hoy se afirma que Madrid solicitó a Berlín la entrega de 800 exiliados residentes en Francia. Pues bien, la existencia de tal lista nunca se ha comprobado y la posibilidad de que efectivamente existiera dista mucho de poder ser verdad, toda vez que la misma hubiera requerido la autorización expresa de Franco, quien siempre llevó muy de la mano la política exterior de España, y en cuya filosofía de vida para nada cabía tal intención; que por otra parte sólo hubiera enmarañado las dificultades existentes con el que en esos momentos era el amo absoluto del continente. Franco, que ponía todo tipo de trabas y exigencias para entrar en la guerra nunca incluyó en ella la entrega de exiliados, por otra parte españoles, aunque contrarios al Alzamiento, algo que Franco nunca olvidaba como demostrará siempre apoyándoles dentro de lo posible. Nada pues más lejos de la verdad que la existencia de esa lista y de tales intenciones.

A pesar de que España había solicitado –ni siquiera aprovechando la caída de Francia–, ni lo haría nunca, la extradición de ningún exiliado rojo, aun teniendo muchos de ellos causas abiertas por graves responsabilidades en crímenes durante la guerra, los alemanes, de motu proprio, sin que mediara petición alguna de parte del Gobierno español –quede esto bien claro frente a las tergiversaciones y falsedades de hoy en día– iban a entregar a las autoridades españolas a seis de ellos como forma de congraciarse con Madrid; aun a sabiendas de que había cargos que les podían llevar a la muerte; todos socialistas, no entregando a ningún comunista porque debe recordarse que Alemania y la Unión Soviética seguían unidas por el pacto Ribbentrop-Molotov, motivo por el cual durante este periodo ni los nazis perseguían a los comunistas ni éstos hacían nada por importunar a aquellos.

Los elegidos fueron:

Ficha policial de Companys

* Luis Companys Jover, cuyos datos biográficos ya hemos aportado.

Zugazagoitia

*Julián Zugazagoítia Mendieta, de de 41 años de edad; político y periodista socialista; concejal del ayuntamiento de Bilbao en 1931; diputado por el PSOE por Badajoz en 1931; director del órgano oficial del PSOE “El Socialista”; cofundador en 1933 de la Asociación de Amigos de la Unión Soviética; bajo la presidencia de Negrín fue ministro de Interior desde 1937 a Abril de 1938, y desde entonces y hasta el final de la guerra Secretario General de Defensa Nacional; persiguió personalmente a todos los que en su momento habían protestado por el asesinato de Calvo Sotelo.

Rivas Cherif

* Francisco Cruz Salido, periodista socialista, redactor jefe del órgano oficial del PSOE “El Socialista”, furibundo enemigo del Ejército durante la II República al que constantemente injuriaba con sus artículos.

Cruz Salido

* El socialista y destacado revolucionario Teodomiro Menéndez Fernández y Cipriano Rivas Cherif, éste cuñado de Azaña.

Tras el correspondiente consejo de guerra serían condenados a muerte y ejecutados Companys, Zugazagoitia y Cruz Salido; a los otros dos se les conmutaría la pena de muerte por la de cadena perpetua, quedando ambos en libertad al cabo de diez años.

Dado que este tipo de “halagos” por parte de los alemanes en nada variaron la posición de Franco, Berlín no volvió a entregar a ningún español jamás, ni España a reclamarlos, cuando muy bien lo podría haber hecho.

Así pues, Companys entraba en España por Irún el 20 de Agosto de 1940, siendo trasladado a Madrid; donde se dice que fue “torturado”, lo que no es verdad; lo que sí es cierto es que en algún momento debió sufrir algún tipo de violencia propia de la inquina que el personaje despertaba en sus guardias, no debiéndose olvidar que entre ellos  había muchos que habían sufrido en sus carnes o en las de sus familiares los efectos de la contienda a cuyo estallido no era ni mucho menos ajeno Companys.

Ramón de Colubí

Después sería trasladado a Barcelona, pero para conocer dichas vicisitudes, así como las del consejo de guerra sumarísimo al que fue sometido, el 14 de Octubre de 1940, de acuerdo a la legalidad y legitimidad vigentes, con plenas garantías procesales conforme a la legislación en vigor –su defensor fue el Capitán de Artillería Ramón de Colubí y Chánez, quien tras abandonar el Ejército en 1950 emigraría a Venezuela falleciendo en 2007–, tal vez nada mejor que el informe que remitió la embajada alemana en Madrid –nada sospechosa pues de parcialidad– a su ministerio de asuntos exteriores en Berlín, el cual aporta datos precisos de los cuales se deduce, frente a lo que se quiere afirmar, que dicho proceso fue público, legal, legítimo y ajustado a la legislación de guerra  –estamos en 1940– vigente.

Es de notar que como Companys, junto a todos los dirigentes rojos y separatistas ya habían sido juzgado anteriormente en rebeldía –al no estar detenidos– en aplicación retroactiva de la Ley de Responsabilidades Políticas por un tribunal especial de Barcelona, sólo sería ahora juzgado y sentenciado por “Adhesión a la rebelión militar”. La sentencia fue ejecutada al día siguiente, 15 de Octubre de 1940.

Procedente de la Dirección General de Seguridad, llegó hace unos quince días el que durante el período rojo fue presidente de la Generalidad de Cataluña. En esta ciudad debía incoarse el procedimiento correspondiente y verse el Consejo de Guerra que lo juzgase.

Durante la semana pasada se llevan a efecto las diligencias correspondientes, formulando sus conclusiones provisionales tanto el fiscal como el defensor. Se señaló el día de ayer para la celebración del Consejo de Guerra.

Durante los breves días en que se procedió a recoger los datos necesarios y se han practicado las oportunas diligencias, Companys ha permanecido alojado en un departamento situado en el castillo de Montjuich, próximo a la verja del rastrillo de la Plaza de Armas de dicha fortaleza. Como únicas visitas ha recibido las de sus dos hermanas residentes en esta ciudad, siendo atendido debidamente por los servicios de la prisión. En sus conversaciones se ha mostrado tranquilo y resignado ante su próximo fin. Se ha quejado del trato recibido en los calabozos de la Dirección General de Seguridad, así como en la Prefectura de Policía de París. Decía que se le había exhibido como a una fiera o ejemplar raro […].

La sala está atestada. Asisten unas trescientas personas, en su mayoría jefes y oficiales del Ejército. Hay algunos jefes y elementos de Falange, así como paisanos, perfectamente controlados. También concurren hasta una docena de señoritas.

Companys aparece sentado en el banquillo, siendo su aspecto normal si bien demacrado, ofreciendo su semblante un color terroso. Viste traje claro y calza alpargatas.

Previa a la venia del presidente, comienza el instructor a leer el apuntamiento que, aunque algo extenso, es concreto, determinándose en forma clara los antecedentes y actuación del encartado. Se leen los informes de la Policía y la Guardia Civil; también se citan declaraciones de algunos testigos, entre ellos Armenteros, Capitán Bravo [sic], señor Sánchez Cañete y un funcionario del Ayuntamiento. Cuando tiene lugar la lectura del informe de la policía se hacen en él alusiones a la vida privada del encartado y éste, entonces, se levanta de su asiento para decir que lo que es leído es «canallesco y falso». Pretende continuar, mas es invitado por aquél a sentarse, debiendo exponer lo que desee cuando le llegue su vez. Dice entonces Companys que nada manifestará entonces y se sienta […].

El defensor, en forma muy breve y concisa, estima que su patrocinado es autor en todo caso del delito de auxilio a la rebelión con atenuantes, por lo que considera debe imponérsele la pena de veinte años y un día. Basa su informe en el hecho de que aquél ningún mal hizo directamente y siempre que pudo evitar sufrimientos a los perseguidos los realizó [sic].

Al terminar el defensor su informe, se dirige al procesado el presidente por si desea hacer alguna manifestación, levantándose éste y dice: «La historia nos juzgará a todos; moriré por mis ideales, pero sin rencor».

A continuación, es despejada la sala, para deliberar en sesión secreta el Consejo. Pasa algún tiempo y no se reanuda la vista, por lo que los asistentes, que aún esperaban una nueva llamada abandonan el Castillo.

En el día de ayer, Companys vuelve a recibir la visita de sus hermanas y habiendo entrado en capilla en las últimas horas de dicho día se despiden del mismo aquéllas en forma serena […].

En el Castillo se hacen los preparativos para llevar a cabo la ejecución, que tendrá lugar en el día de hoy. Desde las últimas horas de la tarde se establece por las fueras de Asalto [sic] servicios de vigilancia en los alrededores del Castillo y carretera que va al cementerio de Casa Antúnez [Can Tunis]. Llegan los forenses y el piquete de ejecución. Las personas que se mueven en las inmediaciones del sentenciado no duermen en toda la noche. Este sigue tranquilo y es asistido por dos capellanes militares, con los cuales conversa sobre materia de religión, admitiendo ha sido, en su vida, dominado por un confusionismo absoluto sobre tales extremos, mas reconoce es un gran pecador. Admite la preparación que le ofrecen los sacerdotes para recibir las Sagradas Formas. En la madrugada se dice misa, que es oída por el condenado a muerte; éste confiesa y comulga. Terminada esta ceremonia, conversa con los que le acompañan, principalmente con los dos sacerdotes, que no se separan de él ni un momento; el defensor también le asiste en estos sus últimos momentos.

Dan las seis, la hora señalada para la ejecución, pero aún es de noche. Se espera un poco más y veinte minutos después, según el reloj de la Plaza de Armas, se organiza la fúnebre comitiva. Companys sale de su alojamiento fumando un pitillo y sereno. Se inicia la marcha desde el rastrillo de entrada en el patio del castillo; rompe aquella un soldado, llevando un crucifijo en alto; siguen otros dos, alumbrando el camino con dos potentes faroles de gasolina; a continuación marcha el condenado con los dos sacerdotes y el defensor, seguidos por el juez de la fortaleza y diversos oficiales; cierra la marcha un piquete de la Guardia Civil el mando de un oficial. Domina el silencio más absoluto y así se llega al pasadizo subterráneo que, descendiendo desde la explanada norte del castillo, comunica ésta con el foso que da a la Exposición. El descenso se realiza lentamente y de uno en uno. Al llegar abajo sólo se oye hablar animadamente al reo con los sacerdotes; incluso sonríe. En sus últimos pasos es invitado por sus confesores a que se desprenda de todo sentimiento material y eleve su alma a Dios.

Companys dirigiéndose al lugar de su ejecución.

Por fin se hace alto, se despide de sus acompañantes inmediatos y es conducido cerca del muro. Su marcha es decidida. Empiezan a romper las primeras claridades del nuevo día. Los zapatos blancos que lleva el condenado, así como el pañuelo del bolsillo, destacan claramente en la oscuridad. Mira de frente al pelotón, sin titubeos, y al dar el oficial que manda el piquete la voz de firmes a sus fuerzas, levanta, se oye la voz de apunten y fuego [sic]. La sentencia ha sido cumplida. Se acerca el oficial y dispara un tiro de gracia, que repite. Los forenses proceden a reconocer el cadáver, el cual es colocado en una camilla y cubierto por una manta colorada. Se le transporta a la ambulancia que le ha de conducir al cementerio.

Y así terminó su existencia el que en vida fue Lluís Companys i Jover.”

Como último dato histórico, transcribimos la sentencia completa emitida por el tribunal militar actuante:

“En la plaza de Barcelona a catorce de Octubre de mil novecientos cuarenta, reunido el Consejo de Guerra de Oficiales Generales para ver y fallar la presente causa instruida en procedimiento sumarísimo ordinario contra Luis Companys Jover, paisano, oído el Fiscal y Defensor y

RESULTANDO: Que el procesado Luis Companys Jover, de 58 años de edad, de estado casado, natural de Tarrós (Lérida) y profesión Abogado, desde su juventud siempre tuvo significación política izquierdista, con cuyo carácter fue elegido diputado varias veces, fundando el Partido de Esquerra Catalana de la que fue Jefe de minoría en las Cortes, proclamando en 1931 y en unión de Macià la República Catalana, llegando después a la presidencia de la Generalidad desde la que en Octubre de 1934 proclamó el “Estat Català”, lo que origina su prisión y condena por el delito de rebelión, pena de la que fue amnistiado en el año 1936, volviendo con tal motivo a ocupar la Presidencia de la Generalidad.

RESULTANDO: Que al producirse el Glorioso Movimiento Nacional, el 17 de julio de 1936, el procesado continuó en dicho cargo de Presidente de la Generalidad, oponiéndose decididamente al triunfo del Alzamiento a cuyo fin celebró reuniones en las Consejerias de la Generalidad de las que salió acordado el reparto de las armas que con profusión se hizo a los elementos frente-populistas para oponerse al Ejército Nacional, dirigiendo numerosas alocuciones alentadoras de la resistencia a la Causa Nacional y encauzando desde la propia Generalidad la lucha animada por medio de órdenes que transmitió a las fuerzas dependientes de su gobierno.

RESULTANDO: Que el procesado no puso remedio para reprimir los desórdenes, crímenes, asesinatos, robos, saqueos y depredaciones de toda clase, a que los elementos izquierdistas de dedicaron y que no sólo los toleró sino que con actuación más bien fueron favorecidos y alentados

RESULTANDO: Que el procesado presidiendo el Gobierno de la Generalidad legisló ampliamente en toda clase de materias, inspirándose siempre en el afán de conseguir el triunfo de las izquierdas, llegando en este orden a incluso asumir facultades que nunca le correspondieron, organizando milicias armadas, con nombramientos expresos de Jefes militares, organización de la Industria de guerra, declaración de Plaza bloqueada de la de Barcelona, creación de Tribunales Populares, con distribuciones y nombramientos de funcionarios judiciales en consonancia con sus ideas políticas, organizando las patrullas de control a las que dispensó tal protección, no obstante los crímenes que cometían, que incluso hizo pasar, a su disolución, muchos de sus componentes al Cuerpo de Mozos de Escuadra, mantuvo inteligencia con organizaciones extranjeras favorecedoras de la rebeldía y finalmente dispuso incautaciones e intervenciones de bienes y bancarias.

RESULTANDO: Que huido a Francia el procesado, ante el avance de nuestras fuerzas, en dicha nación vecina continuó usando el título de Presidente de la Generalidad, haciendo propaganda de todas clases y manteniendo relaciones políticas con otros huidos con el fin de entorpecer al Gobierno Nacional. HECHOS PROBADOS Vistos los autos siendo Vocal Ponente el Auditor de Brigada, don Adriano Coronel Velázquez.

CONSIDERANDO: Que asumido el poder legítimo del Estado por las Autoridades Militares que a partir del 17 de julio de 1936 se alzaron en cumplimiento de la misión atribuida al Ejército en su Ley constitutiva de defender la Patria contra enemigos tanto exteriores como interiores, que significaban los partidos y el llamado gobierno del Frente Popular, y que surgido así el Nuevo Estafo, la oposición armada contra el mismo origina la rebelión definida en el artículo 237 del Código de Justicia Militar.

CONSIDERANDO: Que del expresado delito es responsable en concepto de autor el procesado porque los hechos que la Sentencia declara, ponen de manifiesto que los realizó en notoria compenetración ideológica con los propósitos perseguidos en la rebelión y para la consecución de los fines de ella por lo que incurrió en la responsabilidad que determina el citado artículo 237 en relación con el nº 2 del 238 del expresado Código de Justicia Militar

CONSIDERANDO: Que concurren en este caso, además de la destacada personalidad del procesado por el cargo que desempeñó, las circunstancias agravantes de trascendencia del delito y el daño causado con relación al servicio a los intereses del Estado y a los particulares a que se refiere el artículo 173 del Código Castrense. CONSIDERANDO: Que toda persona criminalmente responsable de un delito o falta lo es también civilmente, VISTOS los artículos citados y los demás de general aplicación, así como el número 2 del Grupo 1º del anexo a la orden de 25 de enero de 1940 (B.O. número 26) y Ley de Responsabilidades Políticas de 9 de febrero de 1939.

FALLAMOS, que debemos condenar y condenamos al ex-Presidente del disuelto Gobierno de la Generalidad catalana, Luis Companys Jover, como responsable en concepto de autor por adhesión del expresado delito de rebelión militar, a la pena de Muerte con accesorios legales caso de indulto y expresa reserva de la acción civil o responsabilidad de igual clase en cuantía indeterminada. Lo que por esta nuestra sentencia juzgando, pronunciamos, mandamos y firmamos Manuel González, Federico García Rivera, Fernando Giménez Sáenz, Rafael Latorre, Gonzalo Calvo, José Irigoyen y Adriano Velázquez.”

 

Por Toribio

El Español Digital

El Español Digital "La verdad sin complejos"

Publicaciones relacionadas

Un comentario

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba