Novedades de la nueva Ley de Familia
La nueva ley incluye un permiso remunerado de 5 días al año para atender a un familiar hasta segundo grado o un conviviente y el derecho a ausentarse por motivos familiares urgentes -en casos de enfermedad o accidente- hasta cuatro días remunerados.
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la ley de familias, impulsada por el ministerio de Ione Belarra. Con la nueva regla, gestionada por vía de emergencia con el propósito de que entre en vigor esta legislatura, en España van a ser más de un millón las «familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza«, en la actualidad conocidas como «familias numerosas», ya que incorpora a unos trescientos hogares de un solo progenitor con dos hijos que pasan a tener esa condición que reconoce derechos y ayudas.
La ley amplía el reconocimiento jurídico de la diversidad de distintos modelos de familias y marca una política integral de apoyo a la familia y el bienestar de la infancia. Entre las principales novedades, crea tres permisos adicionales: un permiso de cuidado de cinco días al año; un permiso parental de ocho semanas hasta que los hijos o las hijas cumplan los ocho años, y un permiso por causa de fuerza mayor que se puede distribuir por horas y que pueda alcanzar hasta un total de cuatro días al año.
La ley de familias incluye nuevos permisos remunerados para el cuidado de familiares o convivientes, crea un registro de parejas de hecho que van a poder acceder a los diferentes permisos y reconoce el derecho a la atención temprana de los menores y sus familias.
Además de esto, amplía la renta por crianza de 100 euros al mes por hijo menor de tres años que solo cobraban las madres trabajadoras o aquellas que están en paro o que hayan cotizado al menos un mes, una medida que ya está en marcha desde enero.
La Ley de Familia establece un cambio sustancial para las empresas: los empleados que disfruten de permisos para cuidar a sus familiares no podrán ser despedidos. En el caso de despido, éste se consideraría nulo.
Tipos de familias reconocidos por la nueva Ley
La Ley de Familia va a reconocer los siguientes tipos de familias:
- Familia biparental.
- Familia ‘monomarental’ o ‘monoparental’.
- Familia joven. Se entenderá como familia joven a la que esté formada por una persona menor de 29 años y sus hijos/as o por 2 personas menores de 29 años que tengan un vínculo matrimonial o como pareja de hecho y sus descendientes.
- Familia LGTBI homomarental y homoparental.
- Familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza
- Familia múltiple. Hace referencia a familias en las que existen nacimientos, adopciones o acogimientos múltiples.
- Familia reconstituida. En este caso, alguno de los miembros de la pareja tendrá hijos/as de anteriores relaciones.
- Familia inmigrante.
- Familia transnacional.
- Familia intercultural.
- Familia en el exterior.
- Familia retornada.
- Familia en situación de vulnerabilidad.
- Personas solas.
- Personas unidas en matrimonio.
- Pareja de hecho.
La Ley de Familia equipara los derechos entre los matrimonios y las parejas de hecho.